Saber a quién le corresponde pagar la factura del fontanero o del técnico de la lavadora es clave para evitar discusiones innecesarias. La normativa distribuye los costes según la naturaleza del problema y el coste económico del arreglo.
La regla general de la Ley de Arrendamientos Urbanos
La normativa se resume en un principio básico de equilibrio: el arrendador está obligado a costear todas las reparaciones que sean estrictamente necesarias para conservar la vivienda en condiciones de habitabilidad, mientras que el arrendatario debe encargarse de los pequeños arreglos cotidianos derivados del uso normal.
Reparaciones a cargo del propietario
El casero debe asumir los problemas estructurales o de instalaciones principales del inmueble. Los casos más habituales incluyen:
- Averías complejas en la caldera de la calefacción o el termo de agua caliente.
- Tratamiento de humedades causadas por deficiencias en la fachada o tejado del edificio.
- Sustitución de electrodomésticos principales viejos si llegan al fin de su vida útil.
Pequeñas reparaciones a cargo del inquilino
Como norma general en la jurisprudencia, los arreglos cuyo coste de reparación sea inferior a los 100€-150€ o que afecten a elementos de desgaste diario corren por cuenta del inquilino:
- Sustitución de bombillas fundidas, fluorescentes o cables dañados por el uso.
- Arreglo de persianas encalladas, pomos de puertas flojos o grifos que gotean.
- Cualquier avería provocada de forma directa por negligencia o mal uso del inquilino.